CORPORACION UNIVERSIDAD DE LA COSTA, CUC CONSEJO DIRECTIVO
ACUERDO No. 2058
30 DE MARZO DE 2022
“POR MEDIO DEL CUAL ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN LACORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE LA COSTA CUC”
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACION UNIVERSIDAD DE LA COSTA CUC, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES ESTATUTARIAS OTORGADAS POR LA RESOLUCION 3235 DEL 28DE MARZO DEL 2012 EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Esta política será aplicable a todos los datos personales registrados en bases de datos que sean objeto de tratamiento por el responsable del tratamiento.
Artículo primero: Aprobar la actualización de las Políticas para el tratamiento de datos personales en la Corporación Universidad de la Costa CUC, la cual consta del siguiente contenido:
La Persona Jurídica que directamente o en asocio con otros, toma las decisiones sobre las bases de datos y el tratamiento que se le da a las mismas es:
|
Razón Social |
CORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE LA COSTA – CUC |
|
Número de Identificación Tributaria |
890-104-530-9 |
|
Dirección – Domicilio |
Calle. 58 #55-66 – Barranquilla, Colombia |
|
Teléfono: |
336 22 00 |
|
Oficial de Privacidad |
DEPARTAMENTO DE CALIDAD Y DESARROLLO |
|
|
|
|
Sitio Web |
La CORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE LA COSTA – CUC (en adelante
UNIVERSIDAD DE LA COSTA) es una institución privada de educación superior, sin ánimo de lucro, la cual garantiza la protección de Protección de Datos, la privacidad, la intimidad, el buen nombre, la imagen y la autonomía universitaria, con tal propósito todas las actuaciones se regirán por principios de buena fe, legalidad, autodeterminación informática, libertad y transparencia.
Fundamentados en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, en laLey 1581 de 2012 y en los decretos reglamentarios 1377 de 2013 y 886 de
2014
– hoy incorporados en los capítulos 25 y 26 del Decreto único 1074 de 2015 y Decreto 092 de 2022, que desarrollaron el marco general de protección de datos en Colombia; la UNIVERSIDAD DE LA COSTA, ha implementado las presentes Políticas de Tratamiento de Datos Personales por la cual se regirán todas las áreas de la compañía y los terceros a quienes se encargue el tratamiento de datos Personales suministrados a la universidad, con el fin de respetar todos los derechos y garantías en cuanto a privacidad de los titulares sobre los que tratamos datos personales y cumplir cabalmente con los parámetrosestablecidos en las normas mencionadas.
Por la presente directriz administrativa se adopta la Política de Protección de Datos Personales que pretende regular la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de datos personales registrados en cualquier base de datos en la UNIVERSIDAD DE LA COSTA, brindando herramientas que garanticen la autenticidad, confidencialidad e integridad de la información.
La Política se estructura siguiendo los mandatos de la ley estatutaria 1581 de 2012, decretos y demás normativas que la complemente, modifique o derogue. Además dicha política estará disponible en la página web de la universidad.
La Política de UNIVERSIDAD DE LA COSTA cubre todos los aspectos administrativos, organizacionales y de control que deben ser cumplidos por los directivos, funcionarios, contratistas y terceros que laboren o tengan relación directa con la universidad.
La Política de protección de datos se integrará con los Manuales de procedimientos y cualquier actividad o proceso que implique el tratamiento de datos por parte de UNIVERSIDAD DE LA COSTA en el desarrollo de su objeto social deberá ajustarse a esta directriz administrativa.
LA UNIVERSIDAD DE LA COSTA tendrá presente en todas sus actuaciones eldebido respeto por la protección de datos personales. En consecuencia, solicitará desde el ingreso del dato, autorización para el uso de la información que reciba para las finalidades propias de su objeto misional.
La UNIVERSIDAD DE LA COSTA, acata los principios establecidos en la ley yatenderá en sus actuaciones y manejo de información de datos personales lasfinalidades que se deriven de la recolección de los mismos. De la misma forma, informará a todos sus usuarios los derechos que se derivan de la protección dedatos personales.
Conformidad con la ley vigente sobre la materia, se establecen las siguientes palabras contenidas en las Políticas de Tratamiento de Datos Personales de UNIVERSIDAD DE LA COSTA, las cuales serán aplicadas e implementadas acogiendo los criterios de interpretación que garanticen una aplicación sistemática e integral. De tal forma, que deberán entenderse en el siguiente sentido:
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar acabo el tratamiento de datos personales.
Aviso de Privacidad: Es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, generado por UNIVERSIDAD DE LA COSTA dirigido al Titular para informarle que le serán aplicables las presentes Políticas de Tratamiento de Datos Personales, como puede conocer su contenido, y que finalidad se dará asus Datos Personales.
Base de Datos: Es el conjunto organizado de Datos Personales que sean objeto de Tratamiento, e incluye archivos físicos, electrónicos y automatizados.
Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o a varias personas naturales determinadas o determinables.
Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
Dato Sensible: Aquel dato que afecta la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
Encargado del Tratamiento de datos personales: Son las personas naturales o Jurídicas que por sí mismas o en asocio con otros, realicen el tratamiento de datos personales por cuenta de UNIVERSIDAD DE LA COSTA- CUC
Responsable del Tratamiento de datos personales: La UNIVERSIDAD DE LA COSTA actúa como responsable frente a todos los datos personales sobre los cuales decida directamente que tratamiento les dará según las autorizaciones otorgadas por los Titulares.
Titular de datos personales: Persona natural cuyos datos personales son objeto de Tratamiento por parte de UNIVERSIDAD DE LA COSTA.
Las personas que podrán ejercer los derechos establecidos en la Ley son:
Tratamiento de datos personales: Es cualquier operación o conjunto de operaciones sobre los Datos Personales que realice UNIVERSIDAD DE LA COSTA o los Encargados del Tratamiento por cuenta de la empresa tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transferencia de datos personales: Ocurrirá cuando la UNIVERSIDAD DE LA COSTA y/o los Encargados, envíen los Datos Personales a un receptor que,a su vez, es responsable del Tratamiento y que puede estar ubicado en Colombia o en el Exterior.
Transmisión de datos personales: Es la comunicación de los Datos Personales a un Encargado del Tratamiento, dentro o fuera de Colombia, con el propósito que este realice un Tratamiento por cuenta de UNIVERSIDAD DELA COSTA.
Oficial de Privacidad: Es la persona designada por UNIVERSIDAD DE LA COSTA que tiene como funciones, entre otras, la protección de los datos personales de los titulares, la vigilancia y control de la aplicación de la presente Política de tratamiento de Datos Personales y dar trámite a las solicitudes de
los titulares que quieran ejercer los derechos a que se refiere la ley 1581 de 2013 y el presente documento. El Oficial de Privacidad podrá tener otros cargos dentro o fuera de la institución siempre y cuando cumpla de cabalmente con las funciones encomendadas mediante contrato, manual de funciones del oficialde privacidad o la ley 1581 de 2012.
De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD y al capítulo 25 sección 4 del decreto 1074 de 2015, los Titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos en relacióncon el tratamiento de sus datos personales registrados en las Bases de Datos de UNIVERSIDAD DE LA COSTA. Estos derechos podrán ejercerse por las siguientespersonas.
Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas queestén facultadas para representarlos.
Los derechos del Titular son los siguientes:
– Reclamo de corrección: el derecho del Titular a que se actualicen,rectifique o modifiquen aquellos datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
Es importante aclarar a los Titulares de datos Personales cuya información repose en las bases de datos de UNIVERSIDAD DE LA COSTA, que el derecho de cancelación no es absoluto y la universidad puede negar el ejerciciodel mismo cuando:
LA UNIVERSIDAD DE LA COSTA, podrá realizar el tratamiento de datos personales sensibles siempre y cuando:
Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes:
En términos generales, UNIVERSIDAD DE LA COSTA no realiza tratamiento de datos personales de Niños, Niñas y Adolescentes, sin embargo, en casos excepcionales, podrá realizar el tratamiento de los mismos siempre y cuando:
Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el representante legal de los niños, niñas o adolescentes otorgará la autorización, previo ejercicio del menor de suderecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto. UNIVERSIDAD DELA COSTA se compromete entonces, en el tratamiento de datos personales, arespetar los derechos prevalentes de los menores. Queda proscrito el tratamiento de datos personales de menores, salvo aquellos datos que sean denaturaleza pública.
Principio de Legalidad en materia de Tratamiento de datos: El tratamiento de datos es una actividad regulada que debe sujetarse a lo establecido en la ley y en las demás normatividades que la desarrollen.
Principio de Finalidad: Todas las actividades de acopio, procesamiento y divulgación de la información debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución Política y la ley, la cual debe ser informada al Titular, la cual debe ser definida en forma clara, suficiente y previa.
Principio de Libertad: Todas las actividades de registro y divulgación de los datos personales sólo pueden ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
Principio de Veracidad o Calidad: La información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error, además deberá promoverse la actualización de los mismos.
Principio de Transparencia: En el tratamiento debe garantizarse el derechodel Titular a obtener del Responsable de dicho tratamiento o del Encargado,en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
Principio de Acceso y Circulación Restringida: El tratamiento se sujeta alos límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales y de lasdisposiciones constitucionales y legales. En este sentido, el tratamiento sólopodrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la Ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a lo dispuesto citada ley.
Principio de Seguridad: La información sujeta a tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del tratamiento a que se refiere la ley se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, y evitar su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento a la base de datos personales.
Principio de Confidencialidad: Todas las personas que intervengan en eltratamiento de datos personales que no tengan el carácter de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la Ley y en los términos de la misma.
Mediante el presente procedimiento, UNIVERSIDAD DE LA COSTA y/o los Encargados, garantizan a los titulares de datos personales contenidos en sus bases de datos o a sus causahabientes, el derecho de consultar toda la información contenida en su registro individual o toda aquella que esté vinculada con su identificación conforme se establece en el literal a) capítulo VIII de las presentes Políticas de Tratamiento de Datos Personales.
El responsable de atender estas solicitudes será el Oficial de privacidad de UNIVERSIDAD DE LA COSTA quien recibirá y dará trámite a las solicitudes quese reciban, en los términos, plazos y condiciones establecidos en la ley 1581 de 2012 y en las presentes políticas.
El Titular o sus causahabientes podrán remitir su consulta a la dirección de correo electrónico buzon@cuc.edu.co o mediante presentación de solicitud escrita en nuestras oficinas ubicadas en la Cll. 58 #55-66 – Barranquilla, Colombia
La consulta dirigida a UNIVERSIDAD DE LA COSTA deberá contener como mínimo la siguiente información:
Las solicitudes recibidas mediante los anteriores medios, serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de surecibo.
En caso de imposibilidad de atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
El responsable de atender los reclamos presentados por los titulares será el Oficial de privacidad de UNIVERSIDAD DE LA COSTA quien recibirá y dará trámite a los reclamos que se reciban, en los términos, plazos y condiciones establecidos en la ley 1581 de 2012 y en las presentes políticas.
El Titular o sus causahabientes podrán remitir su reclamación a la dirección decorreo electrónico buzon@cuc.edu.co o mediante radicación escrita en nuestras oficinas ubicadas en la Cll. 58 #55-66 – Barranquilla, Colombia
Las reclamaciones presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
En caso que la reclamación se presente sin el cumplimiento de los anteriores
requisitos legales, se solicitara al reclamante dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo, para que subsane las fallas y presente lainformación o documentos faltantes.
Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido delreclamo.
En caso que UNIVERSIDAD DE LA COSTA reciba un reclamo dirigido a otra organización, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos
(2) días hábiles e informará de la situación al reclamante.
Recibida la reclamación de forma completa, en un término máximo de dos (2) días hábiles contados desde la recepción, UNIVERSIDAD DE LA COSTA incluirá en la base de datos donde se encuentren los datos personales del Titular, una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo.
Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
La supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal deacuerdo con lo solicitado por el titular en los registros, archivos, bases de datoso tratamientos realizados por UNIVERSIDAD DE LA COSTA.
En caso de resultar procedente la Supresión de los datos personales del titular de la base de datos conforme a la reclamación presentada, UNIVERSIDAD DELA COSTA, deberá realizar operativamente la supresión de tal manera que la eliminación no permita la recuperación de la información, sin embargo, el Titulardeberá tener en cuenta que en algunos casos cierta información deberápermanecer en registros históricos por cumplimiento de deberes legales de la organización por lo que su supresión versará frente al tratamiento activo de losmismos y de acuerdo a la solicitud del titular.
Los titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual. Para ello, UNIVERSIDAD DE LA COSTA deberá establecer mecanismos sencillos y gratuitos que permitan altitular revocar su consentimiento, al menos por el mismo medio por el que lo otorgó.
Se deberá tener en cuenta que existen dos modalidades en las que la revocación del consentimiento puede darse. La primera, puede ser sobre la totalidad de las finalidades consentidas, esto es, que UNIVERSIDAD DE LA COSTA deba dejar de tratar por completo los datos del titular; la segunda, puede ocurrir sobre tipos de tratamiento determinados, Con la segunda modalidad, esto es, la revocación parcial del consentimiento, se mantienen a salvo otros fines del tratamientos que el responsable, de conformidad con la autorización otorgada puede llevar a cabo y con los que el titular está de acuerdo.
En los casos que UNIVERSIDAD DE LA COSTA envíe o transfiera datos personales de titulares que reposan en sus bases de datos a otro país, deberá contar con la autorización del titular de la información que es objeto de transferencia. Salvo que la ley diga lo contrario, es presupuesto necesario la existencia de dicha autorización para efectuar la circulación internacional de datos. En este sentido, los obligados a cumplir esta política deberán verificar quese cuenta con la autorización previa, expresa e inequívoca del titular que permitatrasmitir sus datos personales.
La transferencia Internacional de datos personales se realizará únicamente a terceros con quien UNIVERSIDAD DE LA COSTA, tenga vínculo contractual, comercial y/o legal.
Para la transferencia internacionales de datos personales de los titulares, UNIVERSIDAD DE LA COSTA tomará las medidas necesarias para que los terceros conozcan y se comprometan a observar esta Política, bajo el entendidoque la información personal que reciban, únicamente podrán ser utilizada para asuntos directamente relacionados con la universidad y solamente mientras ésta dure y no podrá ser usada o destinada para propósito o fin diferente. Para la transferencia internacional de datos personales se observará lo previsto en el artículo 26 de la Ley 1581 de 2012.
Los titulares de la información que reposa en las bases de datos de UNIVERSIDAD DE LA COSTA aceptan el tratamiento de sus datos personales,conforme a los términos del presente documento y esta podrá continuar realizando el tratamiento de los datos para las finalidades descritas, si no ejercen su derecho de revocar o suprimir.
De acuerdo al artículo 2.2.2.25.4.4 decreto 1074 de 2015, todo responsable y encargado debe designar a una persona o área que “asuma la función de protección de datos personales” y que “dará tramite a las solicitudes de los titulares, para el ejercicio de los derechos a que se refiere la ley 1581 del 2012 y el decreto.
La función del oficial de Privacidad o del área encargada de protección de datosUNIVERSIDAD DE LA COSTA, es velar por la implementación efectiva de laspolíticas y procedimientos adoptados por está para cumplir las normas, así como la implementación de buenas prácticas de gestión de datos personales dentro de la compañía.
El oficial de privacidad tendrá la labor de estructurar, diseñar y administrar el programa que permita a la organización cumplir las normas sobre protección dedatos personales, así como establecer los controles de ese programa, su evaluación y revisión permanente.
De acuerdo con el Art. 25 de la Ley 1581 y sus decretos reglamentarios, UNIVERSIDAD DE LA COSTA deberá registrar sus bases de datos junto con esta política de tratamiento de Datos Personales y demás documentos soportede la misma en el Registro Nacional de bases de datos administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio de conformidad con el procedimientoestipulado por la Circular 001 de 2016.
Por regla general, el término de las autorizaciones sobre el uso de los datos personales, se entiende por el término de la relación comercial o de la vinculación a la universidad y mientras se encuentre vigente el desarrollo del objeto social de la misma.
Si el titular de Datos personales es un cliente activo de UNIVERSIDAD DE LACOSTA, no se podrán usar sus datos para objetivo diferente a la prestación delservicio y para el ofrecimiento de renovaciones posteriores cuando el servicio tenga esta modalidad.
|
Nombre |
Finalidad |
|
EMPLEADOS |
Los datos serán utilizados con las siguientes finalidades: Solicitud de datos concernientes a identificación personal, información de contacto, datos de carácter académico, datos del historial laboral, profesional y financiero; desarrollar adecuadamente el proceso de registro y vinculación laboral; implementar acciones de bienestar laboral; difundir ofertas laborales para participar en procesos internos de selección de personal en la Institución; comunicar información institucional; ejecutar actividades con fines estadísticos; desarrollar adecuadamente el proceso de actualización de los datos; desarrollar los procesos de inscripción en congresos; eventos o seminarios organizados por la Institución; adelantar la actualización de datos y verificación de identidad de los trabajadores y sus familiares (pareja, padres, hijos); citar a los aspirantes en proceso de selección a las entrevistas programadas, realización de visitas domiciliarias, verificación de referencias laborales.
Personales, experiencia laboral y trayectoria profesional; Suministro de información a las empresas con la cuales se tiene convenio, al fondo de empleados, confección de artículos de dotación, envío de información a través de mensajes de texto y correos electrónicos, entrega y asignación de equipos a los colaboradores; redacción de informes de gestión humana; proceso de afiliación al sistema de seguridad social y cajas de compensación del colaborador y sus beneficiarios; entrega de referencias laborales, uso de imágenes fotográficas y videos con fines corporativos, obtención y suministro de datos de los hijos de los colaboradores en el desarrollo de actividades recreativas y de bienestar a través de la Instituciones o entidades aliadas, evaluaciones de desempeño; generación de certificaciones laborales, de ascenso, traslado, entrevista de retiro, en procesos de auditoría y control interno y externo, en la entrega de reportes obligatorios institucionales en entrevistas de retiro. |
|
COMPRAS |
Los datos serán utilizados con las siguientes finalidades: Solicitud de ofertas y propuestas económicas para la adquisición de productos y servicios; para el análisis y viabilidad de cada producto y/o servicio; envío de comunicaciones a través de mensajes de texto y correos electrónico; presentación de informes pertinentes a los diferentes entes de control; revisión y verificación de referencias comerciales; gestiones pre contractuales y contractuales; suministro de información en procesos de auditoría interna y externa que se realicen al interior de la institución; envío de información de los productos, servicios o novedades de la fundación; rastreo en bases de datos restrictivas tales como (policía, procuraduría, contraloría, SARLAFT – Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y las demás que la normatividad colombiana disponga) las anteriores finalidades son enunciativas y no taxativas. |
|
SEGURIDAD |
Recolección de imágenes a través de sistemas de video-vigilancia localizados en las diferentes áreas de la Institución, con la finalidad de mantener un registro visual del ingreso de personas, hacer monitoreo de seguridad mediante el sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), prevención de posibles amenazas o incidentes, y realizar acciones tendientes a mantener a seguridad interna de todos aquellos quienes se encuentre en las instalaciones incluidos el personal administrativo y estudiantil de la universidad |
|
ESTUDIANTES |
Los datos serán tratados de acuerdo con las siguientes finalidades: Solicitud de datos concernientes a identificación personal, información de contacto, datos de carácter académico con el fin de, desarrollar adecuadamente el proceso de registro y admisión a los programas técnicos, tecnológicos, profesionales, de pregrado, posgrado y educación continua; enviar contenido personalizado e información detallada de los programas de la institución, materias y titulación que se obtiene al culminar cada uno de los niveles de ciclo de formación; efectuar el correspondiente proceso de matrícula; implementar acciones de bienestar universitario; promocionar el acceso a becas y programas de movilidad estudiantil; entregar información a sus padres de familia o acudientes; realizar procesos académicos y administrativos ante el Ministerio de Educación Nacional; desarrollar los trámites de legalización y renovación del crédito ICETEX (cuando sea solicitado por el estudiante).
Desarrollar acciones para el seguimiento académico y permanencia del estudiante; movilidad estudiantil, difundir ofertas laborales; comunicar información institucional, ejecutar actividades con fines estadísticos; desarrollar adecuadamente el proceso de actualización de los datos de los estudiantes graduados de los diferentes programas académicos; promover y enviar información de interés para los graduados de la Institución; desarrollar los procesos de inscripción en congresos, eventos o seminarios organizados por la Institución; adelantar la verificación de identidad de estudiantes en modalidad virtual; desarrollar las funciones propias de su condición de Institución de Educación Superior; las personas que se inscriben autorizan el tratamiento de los datos de naturaleza sensible, concernientes a información relacionada con origen racial o étnico, cuya finalidad será única y exclusivamente de análisis estadístico, y datos concernientes a estado de salud e historial médico.
Con el fin de prestar los servicios de atención médica en la Enfermería de la Institución; para la gestión académica; envío de información a entidades recolección inscripciones a cursos; diligenciamiento de datos académicos, realización y entrega de certificados académicos; envío de información con motivos promocionales y/o informativos mediante mensajes de texto y correos electrónicos; para la gestión propia de la institución y académica; para beneficios estudiantiles, comunicación directa con la universidad, envío de información a los padres de familia; uso de imágenes fotográficas y videos con fines corporativos y académicos; obtención y suministro de datos de los hijos de en el desarrollo de actividades recreativas y de bienestar a través de la Instituciones o entidades aliadas; evaluaciones de desempeño; las anteriores finalidades son enunciativas y no taxativas. |
La UNIVERSIDAD DE LA COSTA, con el fin de cumplir con el principio de seguridad consagrado en el artículo 4 literal g) de la LEPD, ha implementado medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para garantizar la seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Por otra parte, mediante la suscripción de los correspondientes contratos de transmisión, ha requerido a los encargados del tratamiento con los que trabaje la implementación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información en el tratamiento de los datos personales.
A continuación, se exponen las medidas de seguridad implantadas por la UNIVERSIDAD DE LA COSTA, que están recogidas y desarrolladas en este documento (Tablas II, III, IV y V).
|
Auditoria |
Auditoría ordinaria (interna o externa) cada año. Eventuales Auditorías extraordinaria por modificaciones sustanciales en los sistemas de información. Informe de detección de deficiencias y propuesta de correcciones. Análisis y conclusiones del responsable de seguridad y del responsable del tratamiento. Conservación del Informe a disposición de la autoridad. |
|
Gestión de documentos y soportes |
Medidas tales como, destructora de papel que eviten el acceso indebido o la recuperación de los datos que han sido descartados, borrados o destruidos. Acceso restringido al lugar donde se almacenan los datos. Sistema de etiquetado o identificación del tipo de información. Inventario de los soportes en los que se almacenan bases de datos. Autorización del responsable para la salida de documentos o soportes por medio físico o electrónico. |
|
Control de acceso |
Acceso de usuarios limitado a los datos necesarios para el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con el rol que desempeña. Lista actualizada de usuarios y accesos autorizados. Autorización escrita del titular de la información para la entrega de sus datos a terceras personas, para evitar el acceso a datos con derechos distintos de los autorizados. Concesión, alteración o anulación de permisos por el personal autorizado. |
|
Incidencias |
Registro de incidencias: tipo de incidencia, momento en que se ha producido, emisor de la notificación, receptor de la notificación, efectos y medidas correctoras. Procedimiento de notificación y gestión de incidencias. |
|
Personal |
Definición de las funciones y obligaciones de los usuarios con acceso a los datos. Definición de las funciones de control y autorizaciones delegadas por el responsable del tratamiento y Divulgación entre el personal de las normas y de las consecuencias del incumplimiento de estas. |
|
Políticas y Procedimientos |
Elaboración e implementación del Manual de obligatorio cumplimiento para el personal. Contenido mínimo: ámbito de aplicación, medidas y procedimientos de seguridad, funciones y obligaciones del personal, descripción de las bases de datos, procedimiento ante incidencias, procedimiento de copias y recuperación de datos, medidas de seguridad para el transporte, destrucción y reutilización de documentos, identificación de los encargados del tratamiento. |
Tabla III. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) según el tipo de bases de datos
|
Bases de datos no automatizadas |
Bases de datos automatizadas |
|||
|
Archivo |
Almacena miento de documento s |
Custodia de documentos |
Identificación y autenticación |
Telecomuni caciones |
|
1. Archivo de documentación siguiendo procedimientos que garanticen una correcta conservación, localización y |
1. Dispositivos de almacenamient o con mecanismos que impidan el acceso a |
1. Deber de diligencia y custodia de la persona a cargo de documentos durante la revisión o tramitación de estos. |
1. Identificación personalizada de usuarios para acceder a los sistemas de información y verificación de su autorización. |
1. Acceso a datos mediante redes seguras. |
|
consulta y ejercicio de los derechos de los Titulares. |
personas no autorizadas. |
|
2. Mecanismos de identificación y autenticación; Contraseñas: asignación, caducidad y almacenamiento cifrado. |
|
|
Bases de datos automatizadas y no automatizadas |
||
|
Auditoría |
Responsable de seguridad |
Políticas y Procedimiento s Habeas Data |
|
Auditoría ordinaria (interna o externa) |
Designación de uno o varios |
Controles al |
|
cada año. |
responsables de seguridad. |
menos una vez |
|
eventuales Auditorías extraordinaria por |
Designación de uno o varios |
al año de |
|
modificaciones sustanciales en los |
encargados del control y la |
cumplimiento, |
|
sistemas de información. |
coordinación de las medidas del |
consistente en |
|
Informe de detección de deficiencias y |
Manual políticas y |
la auditoria |
|
propuesta de correcciones. |
procedimientos. |
anual, así como |
|
Análisis y conclusiones del responsable |
Prohibición de delegación de la |
la capacitación |
|
de seguridad y del responsable del |
responsabilidad del responsable |
al personal |
|
tratamiento. |
del tratamiento en el responsable |
mínimo una vez |
|
|
de seguridad. |
al año. |
|
Bases de datos automatizadas |
|||
|
Gestión de documentos y soportes |
Control de acceso |
Identificación y autenticación |
Incidencias |
|
Registro de |
Control de acceso |
Mecanismo que limite el número de intentos reiterados de acceso no autorizados. |
Registro de los procedimientos |
|
entrada y salida de |
al lugar o lugares |
de recuperación de los datos, |
|
|
documentos y |
donde se ubican |
persona que los ejecuta, datos |
|
|
soportes: fecha, |
los sistemas de |
restaurados y datos grabados |
|
|
emisor y receptor, |
información. |
manualmente. |
|
|
número, tipo de |
|
|
|
|
información, forma de envío, responsable de la recepción o entrega. |
|
|
Autorización del responsable del tratamiento para la ejecución de los procedimientos de recuperación. |
Tabla V. Medidas de seguridad para datos sensibles según el tipo de bases de datos
|
Bases de datos no automatizadas |
|||
|
Control de acceso |
Almacenamie nto de documentos |
Copia o reproducción |
Traslado de documentación |
|
Acceso solo para personal autorizado. Mecanismo de identificación de acceso. Registro de accesos de usuarios no autorizados. |
Archivadores, armarios u otros ubicados en áreas de acceso protegidas con llaves u otras medidas. |
Solo por usuarios autorizados. Destrucción que impida el acceso o recuperación de los datos. |
Medidas que impidan el acceso o manipulación de documentos. |
|
Bases de datos automatizadas |
||
|
Gestión de documentos y soportes |
Control de acceso |
Telecomunicaciones |
|
Sistema de etiquetado confidencial. Cifrado de datos. |
Registro de accesos: usuario, hora, base de datos a la que accede, tipo de acceso, registro al que accede. |
|
|
Cifrado de dispositivos portátiles cuando sean retirados. |
Control del registro de accesos por el responsable de seguridad. Informe mensual. Conservación de los datos: por el periodo que las leyes impongan. |
Transmisión de datos mediante redes electrónicas cifradas. |
Los encargados de seguridad tienen las siguientes funciones:
Todas las personas que intervienen en el almacenamiento, tratamiento, consulta o cualquier otra actividad relacionada con los datos personales y sistemas
de información de la UNIVERSIDAD DE LACOSTA, deben actuar de conformidad a las funciones y obligaciones recogidas en el presente apartado.
Nombre de la organización, cumple con el deber de información con su inclusión de acuerdos de confidencialidad y deber de secreto que suscriben, en su caso, los usuarios de sistemas de identificación sobre bases de datos y sistemas de información, y mediante una circular informativa dirigida a los mismos.
Las funciones y obligaciones del personal de UNIVERSIDAD DE LACOSTA se definen, con carácter general, según el tipo de actividad que desarrollan de acuerdo con sus funciones dentro de la institución y, específicamente, por el contenido de esta Política. La lista de usuarios y perfiles con acceso a los recursos protegidos están recogidos en este documento.
Con carácter general, cuando un usuario trate documentos o soportes que contiene datos personales tiene el deber de custodiarlos, así como de vigilar y controlar que personas no autorizadas no puedan tener acceso a ellos.
Las funciones y obligaciones de los usuarios de las bases de datos personales bajo responsabilidad son las siguientes:
La presente política de tratamiento de datos personales rige a partir de la fechade aprobación por el órgano competente, se implementarán para el desarrollo del objeto social de la empresa y se encontrara a disposición de los titulares enla página web: www.cuc.edu.co
La presente política deja sin efectos los reglamentos o manuales especiales que se hubiesen podido adoptar por instancias académicas y/o administrativas porla UNIVERSIDAD DE LA COSTA.
Cualquier cambio sustancial en las políticas de Tratamiento de datos personales,se comunicará de forma oportuna a los titulares de los datos a través de los medios habituales de contacto y/o a través del sitio web: www.cuc.edu.co
Artículo Segundo: El presente acuerdo regirá a partir de la fecha de su aprobación y deroga las disposiciones contenidas en el Acuerdo No. 1550 de 29 de julio de 2020 y demás disposiciones anteriores a la expedición de la presente decisión.
Dado en Barranquilla, a los treinta (30) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).